Sanción a establecimientos y empleados que vendan sustancias tóxicas a menores

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Reforman diputados la Ley de Salud para señalar que además de las sanciones administrativas se impondrá lo establecido en el Código Penal para este delito.

Por Cleofas Hernández Hernández.

Xalapa, Ver.- Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura del Estado de Veracruz aprobaron el Dictamen de reforma al artículo 160 de la Ley de Salud que señala la prohibición, a establecimientos y los responsables o empleados de estos, vender o suministrar substancias inhalantes con efectos psicotrópicos a menores de edad o incapaces, mediante cualquier forma.

En la sesión de apertura del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, del Segundo Año de Labores, el Pleno avaló con 44 a favor –sin abstenciones o votos en contra- esta reforma que señala: “la violación a esta disposición será sancionada conforme a lo dispuesto en el Código Penal para el Estado”.

El Dictamen refiere que es viable esta modificación toda vez que quedará plenamente establecido, en la ley local, la prohibición de vender o suministrar sustancias inhalantes a menores de edad y que las sanciones además de administrativas, sean también de índole penal.

De acuerdo a la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-2017, en México, el consumo de drogas se incrementó 47 por ciento en los últimos 7 años entre la población de entre 12 a 65 años de edad.

-Avalan diputados reforma para garantizar medicamentos y material de curación-

En la sesión, las y los legisladores, también, aprobaron el Dictamen de reforma la Ley de Salud para señalar como derecho a la protección de la salud la disponibilidad y otorgamiento de medicamentos y material de curación en todos los niveles de atención a la población.

Lo anterior con base en los cuadros básicos y catálogos de medicamentos y material de curación regulados por el Consejo de Salubridad General aplicable al sector salud y en los catálogos de la institución proveedora del servicio.

De igual forma, queda establecido que el Gobierno del Estado coadyuvará con las autoridades federales competentes para que se garantice a la población del Estado la disponibilidad y otorgamiento de medicamentos y material de curación según corresponda al nivel de atención de la unidad prestadora del servicio.

Esta modificación registró 44 votos a favor. Sin votos en contra o abstenciones.

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