Senado de la República aprueba reforma que faculta a bancos y financieras la “cobranza delegada” a través de los patrones

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Por Irineo Pérez Melo.

Con la reforma a las leyes General de Títulos de Operación, de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, aprobada por el Senado de la República, se facultaría a las instituciones financieras a que mediante “cobranza delegada” obligar a los patrones a afectar el salario de los trabajadores para cubrir créditos contraídos con los bancos y otros organismos crediticios.

Esto lo advirtió Teresa Carvajal Vázquez, coordinadora de El Barzón de Resistencia Civil del estado de Veracruz, quien alertó que dicha iniciativa aprobada en primera instancia por la Cámara de Senadores y turnada a la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación, convertiría a los empleados “en deudores solidarios (…) y a tener a un trabajador contratado de por vida durante la vigencia del contrato de crédito”.

En entrevista, la barzonista consideró como un retroceso la propuesta presentada por los senadores morenistas Miguel Haces, Miguel Ángel Navarro y Casimiro Méndez,  en materia de protección a los trabajadores, al sueldo y al mínimo vital del que debiéramos estar más protegidos hoy más que nunca con la promesa de bienestar que nos hizo el gobierno en turno.

Explicó que con dicha reforma “se favorece la cobranza y se hace más efectiva la cobranza de los créditos, pero ahora a través de los patrones”, lo cual está muy alejado de la realidad que actualmente se vive en el país y de manera concreta en Veracruz “donde El Barzón ha denunciado con frecuencia la usura institucionalizada que impera en las instituciones y que ha lastimado los bolsillos de los veracruzanos”.

Con esta reforma, dijo, prácticamente se pretende legalizar “las tiendas de raya”, porque estos descuentos sobre crédito de nómina que es lo que estriba la modificación, el contenido de la iniciativa, va a poder hacerse el descuento del pago del trabajador de lo que reciba como salarios, contrario a lo que dice el texto constitucional que éste tiene el carácter de inembargable.

Además, señaló que este descuento podrá hacerse sobre salarios devengados, presentes o futuros, percepciones extraordinarias de carácter laboral, indemnizaciones y pensiones o rentas vitalizas, como es deplorado derecho, siempre que alguien de algún modo o por causas ajenas a su voluntad deja cumplir de manera puntual con un crédito, el acreedor debe interponer un procedimiento judicial para lograr el cobro de su adeudo.

En este caso, mencionó, lo que tratan los legisladores es favorecer la cobranza de los bancos y utilizar a los patrones como cobradores, haciéndolos incluso parte de la relación contractual de crédito, antes una relación de crédito la conformaban el usuario y el acreditante, ahora será el empleador o patrón, el acreditante y el acreditado, y bueno, finalmente, en eso básicamente estriba esta iniciativa.

Insistió en que si la Cámara de Diputados aprueba estas reformas tal y como las turnó la de Senadores se caería en la modernización de las tiendas de raya, dejando en la total indefensión a los trabajadores, quienes desgravarán sus percepciones y el pago sería en automático durante toda la vigencia del crédito.

Además, dijo que con la adhesión de la figura jurídica de cobranza delegada a la Ley de Operaciones de Títulos de Crédito, este cobro será preferente a otros acreedores, dejando en segundo término las pensiones alimenticias que alguien tiene el derecho de recibirlas.

Por tal motivo, consideró estas reformas como “un adefesio jurídico” y es algo que no debe ser ni de pasar, por lo que pidió a los diputados analizar a fondo la iniciativa que les fue turnada, porque de ser aprobado como va, no se permitiría el derecho a la libertad del uso de su salario por parte de los trabajadores y mucho menos que el crédito sea considerado como un derecho humano.

“Lo que debe imperar es el respeto al salario íntegro al trabajador y si éste va a hacer uso dela contratación de un crédito él tendrá que ir por su propio pie y su propia mano negociar los términos de su contrato pero no verse esclavizado a una deuda que ya le vendrá descontado de su salario”, argumentó la coordinadora estatal de El Barzón. 

¿Con esta reforma, de aplicarse tal cual se está aprobando el Senado, dejaría sin salario a los trabajadores que tengan adeudos? Se le preguntó.

Se les pondría en riesgo de que así fuera. Creo que ejemplos hemos tenido muchos, con lo que ha sucedido con las financieras aquí en Veracruz; con las dependencias en donde jubilados, profesores, trabajadores al servicio de la salud, se han visto afectados en el ingreso; precisamente por haber entrado en tratos con estas financieras, entonces, es prácticamente copiar el mismo modelo, trasladar los mismos problemas que ya venimos arrastrando y no se han podido resolver y ahora el ámbito federal y estatal, porque la legislación que se está buscando reformar es de aplicación federal y aplicaría para empleados para el sector público como para el privado a nivel nacional y a nivel estatal, respondió.

 ¿De ser así, los trabajadores quedarían en total indefensión? Se le insistió

    En total indefensión, porque la mecánica con la que se llevan a cabo los descuentos es a través de un mandato y ello deriva de un convenio que existe entre el acreditante, en este caso los bancos con los patrones, para que éstos puedan descontar de los salarios de los trabajadores.

“Ahora una desventaja que también subsiste para los empleadores, es que de algún modo se convertirán en deudores solidarios, porque si ellos no depositan el dinero que deben retener a los trabajadores, al otorgante del crédito, entonces ellos tienen que pagar esa cantidad, y además, el acreditante o el banco van a tener acciones ejecutivas para ejecutar los bienes de los patrones. Me parece bastante delicado, porque también a un patrón se le está obligando a tener a un trabajador contratado de por vida durante la vigencia del contrato”, abundó

¿Con esto quedarían como avales, los patrones? Se le cuestionó, por último

Pues prácticamente sí, porque es una relación contractual en la que van a participar tres personas, o sea, esto es un matrimonio de tres, cuando lo natural es que fuera acreditante y acreditado, ahora es acreditante, acreditado y patrón o retenedor de sueldo, concluyó

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